Tarjeta de residencia para familiares extranjeros de un ciudadano de la UE
La solicitud puede presentarse directamente al comisario de policía del lugar donde resida. También puede enviarse por correo utilizando el formulario correspondiente. Alternativamente, las oficinas municipales designadas y otras oficinas autorizadas están disponibles para ayudar a los solicitantes a rellenar los formularios de solicitud, que luego deben enviarse a través de Correos.
Deberán adjuntarse a la solicitud los siguientes documentos:
- fotocopia del pasaporte u otro documento equivalente actual y válido, con visado, si es necesario;
- certificado expedido por la autoridad competente del país de origen o de procedencia que acredite el parentesco y, en su caso, que el reagrupante está a cargo y es miembro del hogar del ciudadano de la UE o que motivos graves de salud requieren el cuidado personal del miembro de la familia por parte del ciudadano de la UE con derecho autónomo de residencia;
- Recibo de la solicitud de inscripción en el registro de población residente del ciudadano de la UE;
- cuatro fotografías tamaño carné;
- si la solicitud la presenta la pareja de un ciudadano de la UE que mantiene una relación estable, es necesario adjuntar una prueba oficial de la existencia de la relación estable con el ciudadano de la UE.
La tarjeta de residencia es válida durante 5 años a partir de la fecha de expedición y sigue siendo válida si el titular abandona temporalmente el país durante un máximo de 6 meses al año, o hasta 12 meses en circunstancias atenuantes (por ejemplo, embarazo, maternidad, enfermedad grave, estudios, etc.).
Derecho de residencia permanente
Cualquier ciudadano de la UE que haya residido legalmente en Italia durante un periodo continuado de 5 años adquiere el derecho a la residencia permanente. Previa solicitud, el municipio de residencia puede expedir al solicitante una declaración certificada de que cumple los requisitos.
Los familiares extranjeros de un ciudadano de la UE adquieren el derecho de residencia permanente si han vivido legalmente en Italia con el ciudadano de la UE durante un periodo ininterrumpido de 5 años. En este caso, pueden solicitar una tarjeta de residencia permanente en la jefatura de policía de su lugar de residencia, presentando:
- pasaporte
- certificado de residencia
- la tarjeta de residencia caducada.
Actualmente, las solicitudes no pueden hacerse por internet. El derecho a la residencia permanente se pierde si el titular se ausenta de Italia durante más de 2 años consecutivos.
Los ciudadanos de la UE y los miembros de su familia que trabajen por cuenta propia o ajena no tienen que esperar 5 años para adquirir el estatuto de residente permanente en determinados casos, como por ejemplo:
- jubilación
- incapacidad laboral permanente
- trabajar en otro Estado miembro de la UE.
La solicitud de tarjeta de residencia permanente puede presentarse directamente al comisario de policía del lugar de residencia.
Alternativamente:
- puede rellenar directamente el formulario correspondiente y enviarlo por correo postal
- Las oficinas municipales designadas y otras oficinas autorizadas están a disposición de los solicitantes para ayudarles a cumplimentar los impresos de solicitud, que deben enviarse posteriormente a través de Correos.
Deportación de ciudadanos de la UE o sus familiares
Los ciudadanos de la UE y los miembros de su familia pueden ser deportados por motivos de seguridad nacional; motivos imperativos de seguridad pública; otros motivos de orden público o seguridad pública.
Las órdenes de expulsión son dictadas por el Ministro del Interior o el Prefecto competente, respetando el principio de proporcionalidad, cuando el sujeto representa una amenaza real, concreta y suficientemente grave para el orden público o la seguridad pública. La orden de expulsión se notifica al interesado, y en ella se indican las vías de recurso y el plazo en el que debe abandonar voluntariamente el país, que no debe ser inferior a un mes a partir de la fecha de notificación pero que, en caso de urgencia demostrada, puede reducirse a 10 días. La orden también establece la duración de la prohibición de volver a entrar en el país. En algunos casos, cuando la expulsión es urgente porque cualquier estancia ulterior en el país es incompatible con una convivencia segura y civil, se dictará una orden de acompañamiento forzoso del deportado hasta la frontera.
La orden también puede ser dictada por el Prefecto, eventualmente a propuesta del Alcalde del municipio de residencia, por caducidad de las condiciones que daban derecho a la residencia, en documento debidamente motivado y notificado al interesado. La resolución se dicta teniendo en cuenta el tiempo que el interesado lleva en el país, así como su edad, estado de salud, nivel de integración social y cultural y vínculos con el país de origen. Contiene información sobre cómo recurrir, así como el plazo para abandonar el país, que no debe ser inferior a 1 mes. A diferencia de la expulsión por motivos de seguridad, este tipo de expulsión no puede incluir la prohibición de volver a entrar en el país. Junto con la orden, se entrega un documento que certifica la obligación de cumplir la orden de expulsión, que debe presentarse en un consulado italiano tras el regreso efectivo al país de origen. Si no se cumple la orden, el Prefecto puede dictar una orden de deportación forzosa por motivos de orden público, ejecutada inmediatamente por el Comisario de Policía.
Todo recurso contra la orden de expulsión, si se dicta por motivos de seguridad nacional u otros motivos de orden público, debe interponerse ante la autoridad judicial administrativa. Si la orden se dicta por motivos de seguridad pública, motivos imperativos de seguridad pública o por haber transcurrido las condiciones que daban derecho a la residencia, el recurso deberá interponerse ante la autoridad judicial ordinaria.
Las órdenes de expulsión dictadas por motivos de seguridad y orden público (artículo 20 del Decreto Legislativo nº 30/2007) o por el transcurso de las condiciones que daban derecho a la residencia (artículo 21 de dicho Decreto Legislativo) se envían al municipio de residencia del ciudadano afectado por la orden, que dispone la eliminación del ciudadano del registro con efecto inmediato (artículo 18, apartado 2, del Decreto Legislativo mencionado) siguiendo los mismos procedimientos que para los ciudadanos italianos.
En estos casos, el ayuntamiento procede del siguiente modo:
- notifica al interesado el inicio del procedimiento, de conformidad con los artículos 7 y 8 de la Ley 241/1990;
- expide la orden de supresión del registro de población residente;
- notifica la orden de supresión al interesado;
- notifica a la Prefectura/Comandancia de Policía la supresión del registro.
https://sdg.interno.gov.it/en/d4-residence-another-member-state